REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, once (11) de septiembre de dos mil doce (2012)
202º y 153º

De la revisión de las actas que conforman el expediente, se observa que el entonces Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Central con sede en Maracay, estado Aragua, (hoy Juzgado Superior Contencioso Administrativo De la Circunscripción Judicial del Estado Aragua), en fecha 08 de noviembre de 2010, dictó auto mediante el cual homologó el desistimiento planteado el la acción de AMPARO CONSTITUCIONAL interpuesta por la abogada Fammy ROJAS MARQUINA actuando en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana ADIMAR BRICEÑO RANGEL, contra la EL INSTITUTO DE LA VIVIENDA DEL ESTADO GUÁRICO (IAVEG).
No quedando alguna otra actuación por realizar en el presente expediente. Se declara TERMINADA la causa y se ordena el cierre y archivo del presente asunto, conformado por una (1) pieza contentiva de ciento cuarenta y cuatro (144) folios, incluido este auto.

El Juez,


Abg. RAFAEL A. DELCE ZABALA


El Secretario,


Abg. RENE del JESÚS RAMOS FERMÍN
Exp. Nº JE41-O-2010-000007
RADZ/RJRF/mpgn