REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, (17) diecisiete de septiembre de dos mil doce (2012)
202º y 153º

De la revisión de las actas que conforman el expediente, se observa que el Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Central con sede en Maracay, estado Aragua, (hoy Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua), en fecha 28 de enero de 1997 se dictó sentencia en la presente causa, declarando INADMISIBLE el RECURSO DE NULIDAD interpuesto por Azucena del VALLE SIERRA actuando en su carácter de apoderada judicial del ciudadano PABLO ALBERTO CABEZA LEDEZMA, contra el CONSEJO SUPREMO ELECTORAL.
No quedando alguna otra actuación por realizar por parte de este Órgano Jurisdiccional, se declara TERMINADA la causa y se ordena el cierre y archivo del presente asunto. Conformado por una (1) pieza principal contentiva de seiscientos diecisiete (617) y una segunda (2) de ciento treinta y ocho (138) folios útiles.

El Juez,


Abg. RAFAEL A. DELCE ZABALA


El Secretario,


Abg. RENE del JESÚS RAMOS FERMÍN
Exp. Nº JE41-G-1996-000009
RADZ/RJRF/yego