REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, diecisiete (17) de septiembre de (2012)
202º y 153º


Visto que en fecha catorce (14) de junio de 2007 el Juzgado Superior en lo Civil (Bienes) y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Central, con Sede en Maracay, estado Aragua (Hoy Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de estado Aragua) dictó sentencia mediante la cual declaró INADMISIBLE la querella funcionarial que interpusieran los ciudadanos ARACELYS MARÍA PADRINO, RAMÓN ANTONIO GARCÍA MARTÍNEZ y PABLO ALBERTO CABEZA LEDEZMA mediante apoderados judiciales contra la ALCALDÍA DEL MUNICPIO JOSÉ FÉLIX RIBAS DEL ESTADO GUÁRICO, este Juzgado en aras de garantizar la tutela judicial efectiva ordena notificar al Síndico Procurador del Municipio José Félix Ribas de la aludida decisión. Líbrese oficio

El Juez,


Abg. RAFAEL A. DELCE ZABALA


El Secretario,


Abg. RENE del JESÚS RAMOS FERMÍN




Exp. Nº JE41-G-2005-000117
RADZ/RJRF/gcmm