REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
San Juan de los Morros, diecisiete (17) de septiembre de dos mil doce (2012)
202º y 153º
De la revisión de las actas que conforman el presente expediente, se observa que el entonces Juzgado Superior en lo Civil (Bienes) y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Central con sede en Maracay, estado Aragua (hoy Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua) en fecha 25 de marzo de 2008 dictó auto en la presente causa, mediante el cual declaró DESISTIDO el RECURSO DE NULIDAD interpuesto por el abogado FRANKLIN AGÜERO HERNÁNDEZ (INPREABOGADO Nº 30.008) en su carácter de apoderado judicial de la sociedad de comercio “UNIDAD EDUCATIVA LEON TOPEL WORTMAN, C.A.”, contra la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DEL ESTADO GUÁRICO.
Ahora bien, por cuanto no queda alguna otra actuación por realizar por parte de este Órgano Jurisdiccional, se declara TERMINADA la causa y se ordena el cierre y archivo del presente asunto, conformado por una (01) pieza, contentiva de doscientos uno (201) folios, incluido el presente auto.
El Juez,
Abg. RAFAEL A. DELCE ZABALA
El Secretario,
Abg. RENE del JESÚS RAMOS FERMÍN
Exp. Nº JE41-G-2007-000128
RADZ/RJRF/zh