REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, veinticinco (25) de septiembre de dos mil doce (2012)
202º y 153º

De la revisión de las actas que conforman el expediente, se observa que el entonces Juzgado Superior en lo Civil (Bienes), y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Central, con Sede en Maracay, Estado Aragua (Hoy Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua), en fecha 17 de Diciembre de 1998 dictó sentencia en la presente causa, declarando SIN LUGAR la QUERELLA FUNCIONARIAL interpuesta por el ciudadano LUIS ALFREDO DOMACASÉ GUEVARA, contra la GOBERNACIÓN DEL ESTADO GUÁRICO.
Este Juzgado por cuanto no queda alguna otra actuación por realizar declara TERMINADA la causa y se ordena el cierre y archivo del presente asunto, conformado por una (01) pieza principal contentiva de doscientos cincuenta y cinco (255) folios útiles incluido el presente auto.
El Juez,


Abg. RAFAEL A. DELCE ZABALA
El Secretario,



Abg. RENE del JESÚS RAMOS FERMÍN


Exp. Nº JE41-G-1995-000006
RADZ/RJRF/ggpr.