REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, veinticinco (25) de septiembre de (2012)
202º y 153º

Visto el auto dictado por este Juzgado en fecha diecisiete (17) de septiembre de 2012, en el recurso de nulidad interpuesto por la abogada Carmen ARAY (INPREABOGADO Nº 43.209) actuando con el carácter de apoderada judicial de los ciudadanos MARÍA CONCEPCIÓN DIAZ, AMADO JOSÉ DIAZ y ENRIQUE AMADO RAMOS DIAZ contra la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO JUAN GERMÁN ROSCIO DEL ESTADO GUÁRICO mediante la cual se abocó al conocimiento del presente asunto y por cuanto se observa de la revisión de las actas del expediente que estando en etapa de sentencia, la causa se encuentra paralizada desde el 16 de junio de 2006, se ordena notificar los recurrentes a los fines de que manifieste a este Órgano Jurisdiccional su interés en la continuación del procedimiento. A tales efectos se le otorga un lapso de diez (10) días continuos contados a partir de que conste en autos su notificación y se le advierte que de no producirse respuesta dentro del lapso fijado se declarará la extinción de la acción por pérdida sobrevenida del interés procesal.
El Juez,



Abg. RAFAEL A. DELCE ZABALA


El Secretario,



Abg. RENE del JESÚS RAMOS FERMÍN

Exp. Nº JE41-G-2002-000022
RADZ/RJRF/gcmm