REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, veinticinco (25) de septiembre de dos mil doce (2012)
202º y 153º

De la revisión de las actas que conforman el presente expediente, se observa que el Tribunal de Carrera Administrativa en fecha 26 de septiembre de 2000 dictó sentencia en la presente causa, mediante la cual declaró que no tenia materia sobre la cual decidir. El 04 de abril de 2001 la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, declaró CON LUGAR la apelación interpuesta, ANULÓ el fallo dictado por el A quo y ordenó la reincorporación de la actora al cargo de arquitecto III, con todos los derechos que le corresponde. Por auto de fecha 19 de septiembre de 2001 el Tribunal de Carrera Administrativa ordenó la ejecución del fallo y mediante oficio Nº DM/CJ/1017-01 el Ministro de Infraestructura informó que ha ordenado lo conducente a la oficina de Planificación y Desarrollo de Recursos Humanos a dar cumplimiento al mandato judicial.

Por tanto advierte este Juzgado que no existen actuaciones pendientes por realizar en la querella funcionarial interpuesta por la ciudadana IVONNE MARITZA VALOR, asistida de abogado, contra la REPÚBLICA BOLÍVARIANA DE VENEZUELA por intermedio del MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA y en consecuencia se declara TERMINADA la causa y se ordena el cierre y archivo del presente asunto, conformado por una (01) pieza contentiva de cuatrocientos catorce (414) folios útiles, incluido el presente auto.
El Juez,



Abg. RAFAEL A. DELCE ZABALA


El Secretario,



Abg. RENE del JESÚS RAMOS FERMÍN


Exp. Nº JE41-G-2002-000048
RADZ/RJRF/gcmm