REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
San Juan de los Morros, veintiocho (28) de septiembre de (2012)
202º y 153º
Visto que en fecha cinco (05) de octubre de 1999 el Juzgado Superior en lo Civil (Bienes) y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Central, con Sede en Maracay, estado Aragua (hoy Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de estado Aragua), dictó sentencia mediante la cual declaró CON LUGAR la querella funcionarial interpuesta por la ciudadana DOLORES DEL VALLE DOMINGUEZ ABREU, asistida de abogado, contra la CÁMARA MUNICIPAL DEL MUNICIPIO SAN GERÓNIMO DE GUAYABAL DEL ESTADO GUÁRICO. Se advierte además que en fecha diecinueve (19) de octubre de 1999 el mencionado Juzgado declaró definitivamente firme el fallo dictado.
No obstante, por cuanto no consta en el expediente que se hubiere cumplido con lo ordenado en la sentencia antes mencionada, se ordena oficiar al Síndico Procurador del Municipio San Gerónimo de Guayabal del estado Guárico, a los fines que informe si se dio cumplimiento a lo mismo. Líbrese oficio.
El Juez,
Abg. RAFAEL A. DELCE ZABALA
El Secretario,
Abg. RENE del JESÚS RAMOS FERMÍN
Exp. Nº JE41-G-1999-00005
RADZ/RJRF/gcmm