REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO
San Juan de los Morros, seis (06) de septiembre de dos mil doce (2012)
202º y 153º

De la revisión de las actas que conforman el expediente, se observa que el entonces Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, con Sede en Maracay, Estado Aragua (hoy Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua), en fecha 04 de octubre de 1993 dictó sentencia en la presente causa, declarando SIN LUGAR la solicitud de AMPARO CONSTITUCIONAL interpuesta por la ciudadana CARMEN SOFIA OJEDA PONCE, contra la ciudadana PILAR MARBELLA RAMOS EN SU CARÁCTER DE ALCALDESA DEL MUNICIPIO MIRANDA DEL ESTADO GUÁRICO).
Por cuanto no queda actuación alguna por realizar, este Órgano Jurisdiccional declara TERMINADA la causa y ordena el cierre y archivo del presente asunto, conformado por una (1) pieza contentiva de ochenta y tres (83) folios incluido el presente auto.

El Juez,

Abg. RAFAEL A. DELCE ZABALA


El Secretario,

Abg. RENE del JESÚS RAMOS FERMÍN
Exp. Nº JE41-O-1993-000001
RADZ/RJRF/L.V