REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO
San Juan de los Morros, seis (06) de septiembre de dos mil doce (2012)
202º y 153º

Vista la decisión dictada en fecha 13 de septiembre de 2011 por el Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en la ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL interpuesta por el ciudadano JOSÉ GREGORIO SOLANO PERDOMO (cédula de identidad Nº 8.791.640) en su carácter de Presidente de la Sociedad Mercantil SOLANO Y ASOCIADOS, COMPAÑÍA ANÓNIMA, asistido por los abogados Gisela María SOLANO TABLANTE y Ramón Alberto VÁSQUEZ BRICEÑO (INPREABOGADOS Nros. 122.601 y 96.802) contra la decisión emanada de la “…Inspectoría del Trabajo Valle de la Pascua, Estado Guárico emitió Providencias Administrativas distinguidas con lo números 62-2007 y 64-2007, mediante las cuales se ordena a mi representada el Reenganche y Pago de Salarios Caídos de los ciudadanos ANTONIO LÓPEZ SUÁREZ y CARLOS LUÍS GARRIDO BELISARIO…” en fecha 30 de noviembre de 2007, fallo por el cual declaró la terminación del procedimiento por abandono del trámite, impuso al accionante multa en favor del Fisco Nacional y ordenó su notificación, este Juzgado Superior en acatamiento a la referida decisión ordena notificar al ciudadano JOSÉ GREGORIO SOLANO PERDOMO en su carácter de Presidente de la Sociedad Mercantil SOLANO y ASOCIADOS, C.A. Líbrese boleta y comisión.
El Juez,


Abg. RAFAEL A. DELCE ZABALA


El Secretario,


Abg. RENE del JESÚS RAMOS FERMÍN



Exp. Nº JE41-O-2008-000005
RADZ/RJRF/zh