REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO
San Juan de los Morros, seis (06) de septiembre de dos mil doce (2012)
202º y 153º
De la revisión de las actas que conforman el expediente, se observa que el entonces Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Central con sede en Maracay, estado Aragua, (hoy Juzgado Superior Contencioso Administrativo De la Circunscripción Judicial del Estado Aragua), en fecha 13 de abril de 2010, dictó sentencia en la presente causa, declarando INADMISIBLE IN LIMINE LITIS la solicitud de AMPARO CONSTITUCIONAL interpuesta por el abogado Ely Alberto PERAZA VARGAS, actuando en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil GRUPO SIGMMA, C.A, contra la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO EL SOCORRO DEL ESTADO GUÁRICO.
Se advierte además al folio noventa y ocho (98) del expediente, que el apoderado judicial de la parte agraviada solicitó copias certificadas de los folios 11 al 99, copias que fueron otorgadas por el tribunal supra mencionado, no quedando alguna otra actuación por realizar en el presente expediente. Por tanto, se declara TERMINADA la causa y se ordena el cierre y archivo del presente asunto, conformado por una (1) pieza contentiva de cien (100) folios, incluido este auto.
El Juez,
Abg. RAFAEL A. DELCE ZABALA
El Secretario,
Abg. RENE del JESÚS RAMOS FERMÍN
Exp. Nº JE41-O-2010-000001
RADZ/RJRF/mpgn