REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, TRÁNSITO Y MENORES

JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO.- San Juan de los Morros, Diecisiete (17) Días del Mes de Septiembre del Año Dos Mil Doce (2.012).---------------------------------------------------------------

202º y 153º

Vista la Inhibición que cursa al folio número diez (10) del presente expediente, fechado el día treinta y uno (31) de julio del año dos mil doce (2012), formulada por la Abogada Esthela Carolina Ortega Velásquez, en su carácter de Jueza Provisoria del Juzgado Primero de Primera Instancia Civil, Mercantil, Bancario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en el Juicio que por DECLARACIÓN DE COMUNIDAD CONCUBINARIA, es seguido por la ciudadana ALEIDA MARIA FLORES ANZOLA, en contra de OSCAR OCTAVIO PEREZ BRAVO, en la cual expuso:

“…Me inhibo de conocer el presente procedimiento signado con el Nº 7.489-12 , contentivo del juicio que por Declaración de Comunidad Concubinaria, seguido por Aleida María Flores Anzola en contra Oscar Octavio Pérez Bravo ,por existir entre el abogado Nicolás Rafael López Gómez, apoderado judicial de la parte demandada, y mi persona, amistad manifiesta mucho antes de mi condición de jueza en el presente tribunal ,fundamento la presente inhibición en el artículo 82, ordinal 12º del Código de Procedimiento Civil...”

Y por cuanto de la referida acta se desprende que la Inhibición esta hecha legal y fundamentada en la causal preestablecida, se declara CON LUGAR dicha Inhibición por ser procedente y en consecuencia se procede a remitir estas actuaciones al Juzgado de la causa, a los fines legales consiguientes.
El Juez Titular,


Dr. Guillermo Blanco Vázquez
La Secretaria,


Abg. Shirley Corro Belisario

En esta misma fecha se remite las copias fotostáticas certificadas al Juzgado de la causa, de una (01) pieza constante de Doce (12) folios útiles, mediante Oficio Nº ______.-

La Secretaria,


Exp. Nro. 7.144-12
GBV/sc/Od