REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, Tres (03) de Abril de 2013
202º y 154º
ASUNTO: AP11-V-2011-001057
Vista diligencia de fecha 26 de Marzo de 2013, presentada por el abogado Jorge Dickson, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 64.595, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, mediante la cual solicitó se decrete la Ejecución Forzosa, en tal sentido, provéase lo conducente. En consecuencia, constatado como ha sido, que se encuentra vencido el lapso de los ocho (8) días de despacho concedidos a la parte demandada, a los fines de que la misma cumpliera voluntariamente con la transacción suscrita por las partes en fecha 03 de Noviembre de 2011 y debidamente homologada por este Juzgado el día 28 de Noviembre de 2011, sin que dicho cumplimiento conste a los autos, este Tribunal a solicitud de parte DECRETA la Ejecución Forzosa del referido fallo, y por consiguiente, ordena la ENTREGA MATERIAL a favor de la parte actora del inmueble constituido por una casa quinta denominada “QUINTA COROMOTO” destinada a local comercial, distinguido con el No. 267 del plano general de la Urbanización Las Mercedes, situado al final de la Avenida Orinoco de la referida Urbanización, Municipio Baruta del Distrito Capital. A los fines de llevar a la práctica la medida ordenada, se comisiona amplia y suficientemente al JUZGADO DE MUNICIPIO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, que corresponda conocer previa distribución, a quien se le faculta amplia y suficientemente para la designación de Depositaria Judicial en caso de depósito necesario, y tomarle el juramento de Ley, por lo que se ordena remitir Despacho anexo a Oficio que a tal efecto se ordena librar, al Juzgado Distribuidor de Municipio Ejecutor de Medidas de esta Circunscripción Judicial. Advirtiéndole que en caso de que el Tribunal observara que el inmueble sea utilizado como vivienda se abstendrá de practicar la entrega material. Líbrese.
EL JUEZ
DR. JUAN CARLOS VARELA RAMOS
LA SECRETARIA
ABG. DIOCELIS PEREZ BARRETO
JCVR/DPB/Gabriela
|