REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial De Protección De Niños, Niñas Y Adolescentes De La Circunscripción Judicial Del Área Metropolitana De Caracas Y Nacional De Adopción Internacional
Tribunal Décimo Quinto (15°) De Primera Instancia De Mediación, Sustanciación
Caracas, 02 de Abril de 2013
202º y 154º


ASUNTO: AP51-J-2013-004252
MOTIVO: Título de Únicos y Universales Herederos
SOLICITANTE: JOSEFA ANTONIA VILLAMIZAR DE SUAREZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. V- 11.160.130.
ABOGADA: WENDY SCHARSHMITD, en su carácter de Defensora Pública Décima Séptima.
DE CUJUS: EDGAR JOSE SUAREZ AGUILAR

Revisadas como han sido las actas procesales que conforman el presente asunto, contentivo de la solicitud de Título de Únicos y Universales Herederos, presentada por la ciudadana JOSEFA ANTONIA VILLAMIZAR DE SUAREZ, ut supra identificada, en su carácter de bisabuela del niño (SE OMITE SU IDENTIDAD) de seis (06) años de edad, este Tribunal, observa del acta de fecha 26/03/2013, cursante a los folios 9 y 10 del presente asunto, que fueron promovidas y evacuadas las declaraciones de los testigos, ciudadanos BIBIAN MENDOZA QUINTANA, AIDA VICTORIA GALLO DE GARCIA y MAIRA JOSEFINA SUAREZ VILLAMIZAR plenamente identificados en dichas actuaciones, y cumplidas como fueron las formalidades de Ley, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, declaran las presentes actuaciones JUSTIFICATIVO DE UNICO Y UNIVERSAL HEREDERO, al hijo del causante, CHARLES JOSE SUAREZ JIMENEZ de seis (06) años de edad; como beneficiarios del de cujus EDGAR JOSE SUAREZ AGUILAR, quien en vida fuere titular de la cédula de identidad N° V- 17.480.137. Por último, se acuerda el CIERRE Y ARCHIVO del presente asunto. Devuélvase original con sus resultas a la parte solicitante. Y ASÍ SE DECIDE.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE
Dada, firmada y sellada en el Despacho del Juzgado Décimo Quinto (15°) de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial del Tribunal Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional. En Caracas, al segundo (02) día del mes de abril de dos mil Trece (2013). Años: 202° de la Independencia y 154° de la Federación.-
LA JUEZ

ABG. LENNI CARRASCO DORANTE
LA SECRETARIA,

Abg. LUISA OLIVEROS
Lcd/lo/marianna




AP51-J-2013-004252