REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, once (11) de abril de dos mil trece (2013)
202º y 154º


Vista la decisión dictada en fecha 06 de febrero de 2012 por el Juzgado Superior en lo Civil (Bienes) y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Central con sede en Maracay, estado Aragua (hoy Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua) mediante la cual declaró CONSUMADA LA PERENCIÓN y EXTINGUIDA LA INSTANCIA, en el RECURSO DE NULIDAD interpuesto por la DIRECCIÓN ESTATAL DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL DEL ESTADO GUÁRICO hoy DIRECIÓN REGIONAL DE SALUD DEL ESTADO GUÁRICO contra la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DEL ESTADO GUÁRICO y ordenó notificar de la referida decisión a la parte recurrente, este Órgano Jurisdiccional, por cuanto no consta la aludida notificación y en acatamiento a dicho fallo ordena cumplir lo ordenado. Líbrense oficio.

El Juez,


Abg. RAFAEL A. DELCE ZABALA



El Secretario,


Abg. RENE del JESÚS RAMOS FERMÍN






Exp. Nº JE41-G-2003-000016
RADZ/RJRF/mpgn