REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, doce (12) de abril de dos mil trece (2013)
202º y 154º

Revisadas las actuaciones del presente asunto, contentivo de la acción de Habeas Data interpuesta por el ciudadano OSCAR MANUEL REQUENA CARRILLO (cédula de identidad Nº 12.597.758) contra el CUERPO DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS, PENALES Y CRIMINALÍSTICAS SUB-DELEGACIÓN CALABOZO, se advierte que este Juzgado mediante sentencia de fecha 04 de septiembre de 2012 declaró SIN LUGAR la apelación ejercida por el ciudadano OSCAR MANUEL REQUENA CARRILLO contra la decisión Nº 127-12 dictada por el Juzgado Segundo de los Municipios Francisco de Miranda, Camaguán y San Gerónimo de Guayabal de la Circunscripción Judicial del estado Guárico y CONFIRMÓ la decisión apelada. Se observa además, que dicha sentencia ordenó notificar a las partes y devolver el expediente. Ahora bien, cumplidas como han sido las notificaciones acordadas se ordena remitir el presente asunto al Tribunal de origen. Líbrese oficio.
El Juez,


Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA

El Secretario,


Abog. RENÉ del JESÚS RAMOS FERMÍN



RADZ/RJRF/eryh
Exp. Nº JP41-R-2012-000016