REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
San Juan de los Morros, dieciséis (16) de abril de dos mil trece (2013)
202º y 154º
Vista la decisión dictada en fecha 29 de julio de 2010 por el Juzgado Superior en lo Civil (Bienes) y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Central con sede en Maracay, estado Aragua hoy (Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua) mediante la cual declaró INADMISIBLE, la QUERELLA FUNCIONARIAL interpuesta por los ciudadanos YRALIDES MONASTERIO, YENNY GÓMEZ, CARLOS ARTURO MOTA, DARÍO GIMENÉZ Y RAFAEL ANTONIO MENDOZA contra el CONCEJO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO MIRANDA DEL ESTADO GUÁRICO y ordenó notificar de la referida decisión a la parte querellante, este Órgano Jurisdiccional, por cuanto no consta las aludidas notificaciones y en acatamiento a dicho fallo ordena cumplir lo ordenado. Líbrense oficio.
El Juez,
Abg. RAFAEL A. DELCE ZABALA
El Secretario,
Abg. RENE del JESÚS RAMOS FERMÍN
Exp. Nº JE41-G-2010-000042
RADZ/RJRF/mpgn