REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
San Juan de los Morros, dos (02) de abril de dos mil trece (2013)
202º y 154º
Vista la diligencia de fecha uno (01) de abril de 2013 consignada por el abogado Juan Raúl REYES LOZANO (INPREABOGADO Nº 45.387), en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana YESMIN CAROLINA HERNÁNDEZ SOLORZANO, mediante la cual solicitó: “…se oficie al Síndico Procurador Municipal de Municipio las Mercedes del Llano para que informe el cumplimiento voluntario de la sentencia…”. Observa este tribunal, que el 25 de julio de 2011 el Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua dictó sentencia mediante la cual declaró PARCIALMENTE CON LUGAR la querella funcionarial, interpuesta por la mencionada ciudadana contra la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO LAS MERCEDES DEL LLANO DEL ESTADO GUÁRICO, en la que se ordenó la reincorporación de la querellante al cargo que venía desempeñando o uno igual o superior jerarquía y el pago de los sueldos dejados de percibir desde la fecha de su ilegal retiro hasta su efectiva reincorporación y confirmada por la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo en fecha siete (07) de noviembre de 2011.
Por tanto, este Órgano Jurisdiccional ordena Oficiar al Alcalde del Municipio Las Mercedes del Llano del estado Guárico a los fines de que ejecute voluntariamente la reincorporación del querellante al cargo ejercido o a otro de igual jerarquía para el cual reúna los requisitos, de conformidad con lo ordenado en el referido fallo, concediéndosele un lapso de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la notificación ordenada, ello a los fines de determinar el monto a pagar conforme a lo establecido en el referido fallo. Todo de conformidad con el artículo 158 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 6.015 del 28 de diciembre de 2010 Líbrese oficio
El Juez,
Abg. RAFAEL A. DELCE ZABALA
El Secretario,
Abg. RENE del JESÚS RAMOS FERMÍN
Exp. Nº JE41-G-2009-000057
RADZ/RJRF/ gcmm