REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, dos (02) de abril de dos mil trece (2013)
202º y 154º

Vista la decisión dictada en fecha 29 de septiembre de 2011 por el entonces Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Central, con Sede en Maracay, Estado Aragua (hoy Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua), en la QUERELLA FUNCIONARIAL interpuesta por el ciudadano CARLOS ALBERTO JAHEN CALDERÓN (cédula de identidad Nº 7.293.240) contra la GOBERNACIÓN DEL ESTADO GUÁRICO mediante la cual HOMOLOGÓ el convenimiento, este órgano jurisdiccional ordena oficiar a la Procuraduría General del estado Guárico, a fin de solicitarle información respecto a la oportunidad y forma de cumplimiento de la aludida decisión. A tales efectos, se le otorga un plazo de diez (10) días de despacho, contados a partir que conste en autos el recibo del oficio. Cúmplase lo ordenado.
El Juez,


Abg. RAFAEL A. DELCE ZABALA
El Secretario,



Abg. RENÉ del JESÚS RAMOS FERMÍN


Exp. Nº JE41-G-2010-000048
RADZ/RJRF/eryh