REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
San Juan de los Morros, dos (02) de abril de dos mil trece (2013)
202º y 154º
Vista la decisión dictada en fecha 18 de marzo de 2013 por este Juzgado mediante la cual declaró INADMISIBLE la QUERELLA FUNCIONARIAL interpuesta por el ciudadano EDUARDO JOSÉ GONZALEZ VALLESTER, asistido por el abogado Rubén TEODOSO PARACO (INPREABOGADO Nº 67.775) contra la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO JUAN GERMÁN ROSCIO DEL ESTADO GUÁRICO, este Órgano Jurisdiccional ordena la notificación del representante judicial del órgano accionado, de conformidad con el artículo 153 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal. Líbrese oficio.
El Juez,
Abg. RAFAEL A. DELCE ZABALA
El Secretario,
Abg. RENE del JESÚS RAMOS FERMÍN
Exp. Nº JE41-G-2011-000031
RADZ/RJRF/eryh