REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
San Juan de los Morros, veintidós (22) de abril de dos mil trece (2013)
203º y 154º
De la revisión de las actas que conforman el presente expediente, se observa que el Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Central, estado Aragua (hoy Juzgado Superior en lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua), en fecha 15 de mayo de 2008 mediante sentencia declaró LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad interpuesto por las ciudadanas Yarisa HERRERA MOYA y Nohemi Soreli CARRILLO TORREALBA (INPREABOGADOS Nros. 40.281 y 94.208) actuando en nombre y representación de la DIRECCIÓN ESTATAL DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL DEL ESTADO GUÁRICO, contra la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DE VALLE DE LA PASCUA DEL ESTADO GUÁRICO.
Por tanto, advierte este Juzgado que no existen actuaciones pendientes por realizar, en consecuencia se declara TERMINADA la causa y se ordena el cierre y archivo del presente asunto, conformado por una (01) pieza principal contentiva de noventa y dos (92) folios útiles.
El Juez,
Abg. RAFAEL A. DELCE ZABALA
El Secretario,
Abg. RENE del JESÚS RAMOS FERMÍN
Exp. Nº JE41-G-2005-000083
RADZ/RJRF/ggpr