REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, veintidós (22) de abril de dos mil trece (2013)
203º y 154º

De la revisión de las actas que conforman el presente expediente se observa que en fecha veintiocho (28) de noviembre de dos mil doce (2012), este Juzgado dictó sentencia en el presente asunto mediante la cual declaró CONSUMADA LA PERENCIÓN y en consecuencia EXTINGUIDA LA INSTANCIA en la querella funcionarial interpuesta por los ciudadanos WILSON JOSÉ ACOSTA MUÑOZ, NESTOR DAVID ZAMORA, JOSÉ ENRIQUE PÉREZ VELÁSQUEZ y NÉSTOR DANIEL ARMAS ÁLVAREZ (cédulas de identidad Nros. 13.153.939, 13.154.184, 10.978.266 y 15.823.645), contra la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO LEONARDO INFANTE DEL ESTADO GUÁRICO. No obstante, se advierte que en esa misma fecha se libraron las respectivas notificaciones a las partes de la referida decisión, y comisión al Juzgado de los Municipios Leonardo Infante, Las Mercedes del Llano y Chaguaramas de la Circunscripción Judicial del estado Guárico.
En tal sentido, en fecha trece (13) de marzo de dos mil trece (2013), se recibió en este Órgano Jurisdiccional resultas de la comisión antes mencionada proveniente del Juzgado Primero de los Municipios Leonardo Infante, Las Mercedes del Llano y Chaguaramas de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, donde solo remitió la notificación cumplida del Síndico Procurador del referido Municipio bajo el oficio Nº JE41OFO2012000824. Por tanto, este Juzgado en aras de garantizar una tutela judicial efectiva ordena librar nuevamente boletas de notificación a los aludidos ciudadanos.
El Juez,



Abg. RAFAEL A. DELCE ZABALA


El…//






//…Secretario



Abg. RENE del JESÚS RAMOS FERMÍN


Exp. Nº JE41-G-2007-000103
RADZ/RJRF/ggpr