REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, veintitrés (23) de abril de dos mil trece (2013)
203º y 154º


De la revisión de las actas que conforman el presente expediente, se observa que el Juzgado Superior en lo Civil (Bienes) y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Central, estado Aragua (hoy Juzgado Superior en lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua), en fecha 15 de mayo de 2008 mediante sentencia declaró LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en el Recurso de Nulidad interpuesto por el abogado Alí José VERENZUELA MARÍN (INPREABOGADO Nº 61.527), actuando en su carácter de apoderado judicial de la “CORPORACIÓN INVERCAMPA, S.A”, contra la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DEL ESTADO GUÁRICO.

Por tanto, advierte este Juzgado que no existen actuaciones pendientes por realizar, en consecuencia se declara TERMINADA la causa y se ordena el cierre y archivo del presente asunto, conformado por una (01) pieza principal contentiva de ciento cuarenta y ocho (148) folios útiles.
El Juez,



Abg. RAFAEL A. DELCE ZABALA


El Secretario,



Abg. RENE del JESÚS RAMOS FERMÍN



Exp. Nº JE41-G-2005-000088
RADZ/RJRF/ggpr