REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, treinta (30) de abril de dos mil trece (2013)
203º y 154º

Vista la diligencia de fecha 29 de abril de 2013 consignada por el abogado Jorge VEGA MEJÍA (INPREABOGADO Nº 13.201), en su carácter de apoderado judicial del ciudadano WILLIAM ALEXANDER QUINTERO LOPEZ, mediante la cual solicitó: “…se acuerde la ejecución voluntaria de la sentencia…”, se observa que el 1 de abril de 2013 este Juzgado dictó sentencia mediante la cual declaró PARCIALMENTE CON LUGAR la querella funcionarial, interpuesta por el mencionado ciudadano contra la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO JUAN GERMÁN ROSCIO DEL ESTADO GUÁRICO.
Ahora bien, por cuanto dicha sentencia se encuentra definitivamente firme y toda vez que no consta que se haya dado cumplimiento al referido fallo, este órgano Jurisdiccional ordena Oficiar al Alcalde del Municipio Juan Germán Roscio del estado Guárico a los fines de que ejecute voluntariamente el referido fallo, concediéndosele un lapso de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la notificación ordenada. Todo de conformidad con el artículo 158 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 6.015 del 28 de diciembre de 2010. Líbrense oficio.
El Juez,



Abg. RAFAEL A. DELCE ZABALA

El Secretario,



Abg. RENE del JESÚS RAMOS FERMÍN



Exp. Nº JE41-G-2009-000005
RADZ/RJRF/eryh