REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
San Juan de los Morros, cuatro (04) de abril de dos mil trece (2013)
202º y 154º
Revisadas como han sido las actas que conforman el presente expediente se evidencia que en fecha seis (06) de junio de 2011 el Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de estado Aragua dictó sentencia mediante la cual declaró SIN LUGAR la querella funcionarial interpuesta por el ciudadano REINALDO HERIBERTO GARCÍA (titular de la cedula de identidad Nº V-15.711.265), asistido de abogado, contra la GOBERNACIÓN DEL ESTADO GUÁRICO y ordenó la notificación del ciudadano Procurador General del estado Guárico. Al respecto se advierte que en esa misma fecha se libró oficio y por cuanto no consta el cumplimiento de referida notificación, este Juzgado en aras de garantizar la tutela judicial efectiva, ordena librar nueva notificación al ente querellado. Líbrese oficio.
El Juez,
Abg. RAFAEL A. DELCE ZABALA
El Secretario,
Abg. RENE del JESÚS RAMOS FERMÍN
Exp. Nº JE41-G-2010-000053
RADZ/RJRF/gcmm