REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, nueve (09) de abril de dos mil trece (2013)
202º y 154º

De la revisión de las actas que conforman el presente expediente, se observa que el Juzgado Superior en lo Civil (Bienes) y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Central, con sede en Maracay, estado Aragua (hoy Juzgado Superior en lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua), mediante sentencia dictada en fecha 25 de octubre de 2006 declaró INADMISIBLE la querella funcionarial interpuesta por el abogado Eduardo LÓPEZ SANDOVAL (INPREABOGADO Nº 70.410), actuando en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos CARMEN RAYA GUTIERREZ, YASMINA FAJARDO, MARITZA BETANCOURT, YELI BELLO, JOSÉ PALACIOS, YELITZA GONZÁLEZ, JULIA SEIJAS, MILAGROS NUÑEZ, GREYCIS CARREÑO, AURA CARRASQUEL, CAMPO ELIAS MEDINA, JUANA CARRASQUEL, MARIA SANTAELLA, ALFREDO BASTIDAS, EVENCIO CRUCES Y GLADYS HEREDIA (cédulas de identidad Nros.13.238.815, 14.239.707, 8.628.583, 13.948.440, 10.268.694, 14.238.905, 6.625.378, 13.820.127, 12.990.711, 8.628.590, 12.990.908, 10.268.830, 15.710.581, 17.373.362, 8.742.176 y 15.812.753 respectivamente), contra la CÁMARA MUNICIPAL DEL MUNICIPIO FRANCISCO DE MIRANDA DEL ESTADO GUÁRICO.

Por tanto, advierte este Juzgado que no existen actuaciones pendientes por realizar y en consecuencia se declara TERMINADA la causa y se ordena el cierre y archivo del presente asunto, conformado por una (01) pieza principal contentiva de trescientos cuarenta y cuatro (344) folios útiles.
El Juez,


Abg. RAFAEL A. DELCE ZABALA


El Secretario,


Abg. RENE del JESÚS RAMOS FERMÍN

Exp. Nº JE41-G-2003-000002
RADZ/RJRF/ggpr