República Bolivariana de Venezuela.
En su Nombre.
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico.

ACTUANDO EN SEDE: CIVIL
EXPEDIENTE N°: 7455-11
MOTIVO: INTERDICCION
SOLICITANTE: JANETH DEL CARMEN MORALES FERNANDEZ

En fecha 27 de Octubre de 2.011, la ciudadana JANETH DEL CARMEN MORALES FERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nº V-15.392.360, domiciliada en la calle 1º de julio, Casa Nº 138, del Barrio Las Palmas, de esta ciudad de San Juan de los Morros, Municipio Juan German Roscio, Estado Guárico; asistida de abogado en ejercicio FRANK REINALDO TORRES SIERRA, Inpreabogado Nº 35.926, presento demanda de INTERDICCION, sobre el ciudadano JOSE EULICE JIMENEZ FERNANDEZ.
Por auto de fecha 02 de Noviembre de 2.011, se admitió la demanda y se acordó la notificación de la Fiscal 10° del Ministerio Público, la cual consta al folio 15 del expediente; asimismo, en el folio 17, riela la boleta de notificación del Psicologo José Gregorio Castro Gil: En el folio 25 boleta de notificación del Psiquiatra Navis Márquez.
Dispone el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, en su encabezamiento dispone lo siguiente:
“Toda instancia se extingue por el transcurso de un año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes”...
Ahora bien, por cuanto se evidencia, que desde el día 19 de marzo del año 2.012, hasta la presente fecha, ha transcurrido más de un (01) año, sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes en el presente juicio; en consecuencia, el Tribunal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara la Perención de la Instancia, en el juicio de INTERDICCION, interpuesto por la ciudadana JANETH DEL CARMEN MORALES FERNANDEZ, de conformidad con el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil.
Regístrese, publíquese y déjese copia del presente fallo y ejecútese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencia de este Tribunal, en la ciudad de San Juan de los Morros, a los nueve (09) días del mes de Abril del año dos mil trece. Años 202° de la Independencia y 154° Federación.

La Jueza,
Abg. Esthela Carolina Ortega Velásquez

La Secretaria,

Abg. Marisel Peralta Ceballos

En la misma fecha siendo las 11:20 a.m., se publicó, se registró y se dejó copia de la anterior decisión.

La Secretaria,


ECOV/nm
Exp. N° 7.455-11