JUZGADO DEL MUNICIPIO “JOSÉ FÉLIX RIBAS” DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO.

TUCUPIDO, 23 DE ABRIL DE 2013.-
203º Y 154º

Vista la proposición de Obligación de Manutención (f. 163), realizada por el ciudadano: HERNAN LORETO TORO, venezolano, mayor de edad, parte demandada en el presente juicio ( Exp.660-05), y la aceptación de la misma por parte de la ciudadana: XXXXXXXXXXXXX, quien actúa en representación de sus hijos (Identificados en autos) ,; en consecuencia el Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, lo da por consumado e imparte su homologación en los términos expuestos, y se establece en el interés superior del niño y del adolescente , todo de conformidad con lo establecido en el articulo 383 de la Ley Orgánica de la Protección al Niño y Adolescente En consecuencia el tribunal acuerda que siga depositando en la cuenta de ahorros de su hija Nº 0007-0146-72-0010000535 la cual será movilizada por la ciudadana AURA MARINA GONZALEZ Pero siempre bajo la supervisión de esta instancia judicial - Provéase lo conducente.-
El Juez Provisorio;

Dr. Vicente Ramón Vivas Briceño
La Secretaria;

Abg. Dayris Arvelàez Ramos.-
EXP. N ° 660-05.-
VRVB/DAR/Jlph.-