REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER EN FUNCIÓN DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS
DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, 07 de agosto de 2013
203º y 154º
ASUNTO PRINCIPAL: AP01-S-2009-022799
ASUNTO: AP01-S-2009-022799
RESOLUCIÓN
JUEZA: ROSA MARIA MARGIOTTA GOYO.
FISCAL DEL MINISTERIO PUBLICO: KATIUSKA DAVILA, Fiscal Centésima Cuadragesima Segunda (142) del Área Metropolitana de Caracas
LA VICTIMA: IDENTIDAD OMITIDA
IMPUTADO: JOSE ANTONIO GONZALEZ ACOSTA
DEFENSA PUBLICA: SORAYA SALAS
SECRETARIA: NALLIVE COLMENARES.
Con fundamento en las previsiones del artículo 45 del Código Orgánico Procesal Penal, procede a verificar el total y cabal cumplimiento de las obligaciones impuestas al ciudadano JOSE ANTONIO GONZALEZ ACOSTA en fecha 07 de agosto de 2012, con ocasión de efectuarse la 104 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en la cual el ciudadano JOSE ANTONIO GONZALEZ ACOSTA, , admitió los hechos por los cuales fue Acusado por la Fiscalía Centésima Cuadragésima Segunda (142ª) del Área Metropolitana de Caracas, otorgándosele la alternativa de la prosecución del proceso referida a la suspensión condicional del proceso y como consecuencia de ello, el Juzgado impuso al mencionado ciudadano las condiciones descritas en el artículo 44 del Código Orgánico Procesal Penal a saber: tiempo durante el cual estará sometido al control y vigilancia de un delegado de prueba, que informará periódicamente al Tribunal sobre la conducta del Acusado, determinándose las condiciones establecidas en los numerales: : 1- Someter al acusado a una evaluación psicológica y de ser el caso someterse al respectivo tratamiento.2- Realizar un favor social al Estado.3- Participar de forma activa en programas con perspectiva de género. En este sentido deberán los acusados presentarse ante el Equipo Multidisciplinario con el objeto de ser orientados para el cumplimiento de dichas condiciones, y deberán presentarse ante la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario, con sede en esta ciudad, en tal sentido revisadas como ha sido el cumplimiento efectivo de todas las condiciones impuestas en su oportunidad al ciudadano JOSE ANTONIO GONZALEZ ACOSTA este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en funciones de Control, Audiencia y Medidas de Violencia Contra la Mujer del Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas impartiendo justicia en nombre de la República y por la autoridad de la ley resuelve, PRIMERO: Decretar el SOBRESEIMIENTO DEL PROCESO PENAL, seguida contra el ciudadano JOSE ANTONIO GONZALEZ ACOSTA con fundamento en los artículos 46 y 49 numeral 7 y 300 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Como consecuencia, la EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL seguida en contra del ciudadano JOSE ANTONIO GONZALEZ ACOSTA titular de la cédula de identidad N° V.-6.350.079. TERCERO: CESE de las medidas de protección y seguridad dictadas en su debida oportunidad. CUARTO: Se acuerda librar oficio al Sistema de Información Policial “SIPOL” a fin de la exclusión de los registros que pudiera presentar el ciudadano JOSE ANTONIO GONZALEZ ACOSTA en relación a la presente causa. Se acuerda expedir copia simple de la presente acta a la defensora pública. Remítase el presente asunto en su oportunidad legal a la oficina de Archivos Judiciales a fin del respectivo archivo y custodia. Quedando las partes debidamente notificadas, conforme a lo previsto en el artículo 159 del Código Orgánico Procesal Penal. Regístrese y cúmplase.
LA JUEZA
ROSA MARIA MARGIOTTA GOYO
La Secretaria,
NALLIVE COLMENARES
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
La Secretaria,
NALLIVE COLMENARES
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