REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER EN FUNCIÓN DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS
DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, 09 de Agosto de 2013
202º y 153º
ASUNTO PRINCIPAL: AP01-S-2010-14307
ASUNTO: AP01-S-2010-14307

RESOLUCIÓN

JUEZA: ROSA MARIA MARGIOTTA
FISCALIA 131º: ABG. JAVIER QUINTERO
VICTIMA: IDENTIDAD OMITIDA
DEFENSA PÚBLICA 05º: EVERLIN DE LA CRUZ
IMPUTADO: MORALES HERNANDEZ OSCAR ORLANDO
SECRETARIA: GABRIELA RATTIA

Este Tribunal observa que: La Jueza que celebró la audiencia con fundamento en las previsiones del artículo 46 del Código Orgánico Procesal Penal, procede a verificar el total y cabal cumplimiento de las obligaciones impuestas al ciudadano OSCAR ORLANDO MORALES HERNANDEZ en fecha 09 de agosto de 2012, con ocasión de efectuarse la 104 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en la cual el ciudadano OSCAR ORLANDO MORALES HERNANDEZ, admitió los hechos por los cuales fue Acusado por la Fiscalía Centésima Trigésima Primera (131ª) del Área Metropolitana de Caracas, otorgándosele la alternativa de la prosecución del proceso referida a la suspensión condicional del proceso y como consecuencia de ello, el Juzgado impuso al mencionado ciudadano las condiciones descritas en el artículo 44 del Código Orgánico Procesal Penal a saber: tiempo durante el cual estará sometido al control y vigilancia de un delegado de prueba, que informará periódicamente al Tribunal sobre la conducta del Acusado, determinándose las condiciones establecidas en los numerales: 1- Someter al acusado a una evaluación psicológica y de ser el caso someterse al respectivo tratamiento.2- Realizar un favor social al Estado.3- Participar de forma activa en programas con perspectiva de género. En este sentido deberán los acusados presentarse ante el Equipo Multidisciplinario con el objeto de ser orientados para el cumplimiento de dichas condiciones, y deberán presentarse ante la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario, con sede en esta ciudad, al cual se ordena oficiar lo conducente con copia de la decisión, a los fines de la supervisión en el cumplimiento de la medida. Se mantienen las Medidas de Protección y Seguridad establecidas en el articulo 87 numerales 5, 6 y 13 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en tal sentido revisadas como ha sido el cumplimiento efectivo de todas las condiciones impuestas en su oportunidad al ciudadano OSCAR ORLANDO MORALES HERNANDEZ este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en funciones de Control, Audiencia y Medidas de Violencia Contra la Mujer del Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas impartiendo justicia en nombre de la República y por la autoridad de la ley resuelve, PRIMERO: Decretar el SOBRESEIMIENTO DEL PROCESO PENAL, seguida contra el ciudadano OSCAR ORLANDO MORALES HERNANDEZ con fundamento en los artículos 46 y 49 numeral 7 y 300 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Como consecuencia, la EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL seguida en contra del ciudadano OSCAR ORLANDO MORALES HERNANDEZ titular de la cédula de identidad N° V.-14.406.353. TERCERO: CESE de las medidas de protección y seguridad impuestas al acusado, previstas en el artículo 87 numerales 5, 6 y 13 del Código Orgánico Procesal Penal. CUARTO: Se acuerda librar oficio al Servicio de Información Policial “SIPOL” a fin de la exclusión de los registros que pudiera presentar el ciudadano OSCAR ORLANDO MORALES HERNANDEZ en relación a la presente causa. Se acuerda expedir copia simple de la presente acta a la defensora pública. Remítase el presente asunto en su oportunidad legal a la oficina de Archivos Judiciales a fin del respectivo archivo y custodia. Concluyó el acto a las 2:10 horas de la tarde. Regístrese y cúmplase.
LA JUEZA,

ROSA MARIA MARGIOTTA GOYO
La Secretaria,

GABRIELA RATTIA
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
La Secretaria,

GABRIELA RATTIA