REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, primero (1ro) de agosto de dos mil trece (2013)
203º y 154º

De una revisión de las actas que conforman el presente expediente se advierte, que en fecha 09 de octubre de 2007 el Juzgado Superior en lo Civil (Bienes) y de lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua (hoy Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua) dictó sentencia declarando INADMISIBLE el presente recurso.
En fecha 29 de octubre de 2007 la parte querellante apeló mediante diligencia del referido fallo.
Este Juzgado ordena la notificación de las partes, del fallo antes mencionado y se advierte que una vez que conste en auto la última de las notificaciones este Tribunal se pronunciará respecto al referido recurso de apelación ejercido, en la querella funcionarial interpuesta por el abogado Carlos Enrique YSMÁYEL TORREALBA (INPREABOGADO Nº 116.734) actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana CARIDAD DE JESUS MARTÍNEZ DE MUGUERZA (cédula de identidad Nºro. 2.513.075), contra la GOBERNACIÓN DEL ESTADO GUÁRICO. Cúmplase lo ordenado. Líbrese la boleta y el oficio correspondiente.
El Juez,




Abg. RAFAEL A. DELCE ZABALA


El Secretario,



Abg. RENE del JESÚS RAMOS FERMÍN
Exp. Nº JE41-G-2006-000045
RADZ/RJRF/mpgn