REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, trece (13) de agosto de dos mil trece (2013)
203º y 154º

Vista la diligencia de fecha 05 de agosto de 2013, mediante la cual el abogado Roberto BOLÍVAR (INPREABOGADO Nº 29.849), actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano RAMÓN DAVID ZAMORA PIMENTEL (cédula de identidad Nº 18.044.265), ejerció Recurso de Apelación contra la sentencia dictada por este Juzgado en fecha 1º de julio de 2013, la cual declaró SIN LUGAR el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial interpuesto contra la GOBERNACIÓN DEL ESTADO GUÁRICO (POLICÍA DEL ESTADO GUÁRICO), este Tribunal OYE LA APELACIÓN EN AMBOS EFECTOS y ordena la remisión del expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) de las Cortes Primera y Segunda de lo Contencioso Administrativo como órgano ad quem según lo previsto en el artículo 110 de la Ley del Estatuto de la Función Pública. Remítase el Expediente.
El Juez,

ABG. RAFAEL ANTONIO DELCE ZABALA


El Secretario,

ABG. RENÉ DEL JESÚS RAMOS FERMÍN

Exp. JE41-G-2011-000017
RADZ/RJRF/ggpr