REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, seis (06) de agosto de dos mil trece (2013)
203º y 154º

Revisadas como han sido las actuaciones del presente asunto proveniente del Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, contentivo de querella funcionarial interpuesta por la ciudadana AYMARA NORIVI FERNANDEZ CAMACHO (cédula de identidad Nº 15.084.050) asistida de abogado contra, la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO EL SOCORRO DEL ESTADO GUÁRICO, se advierte que en fecha 13 de diciembre de 2011 el referido Juzgado celebró audiencia preliminar en la presente causa, que la parte querellada no compareció ni por sí, ni por medio de apoderado judicial, la parte querellante compareció y solicitó oportunamente la apertura del lapso probatorio.
Vistas las documentales promovidas por la parte querellada el Juzgado supra mencionado admitió dichas pruebas por no ser manifiestamente ilegales ni impertinentes.
En fecha 08 de marzo de 2012 el aludido Juzgado ordenó notificar a las partes a los fines de que una vez constara en auto la última de las notificaciones fijaría la oportunidad para la celebración de la audiencia definitiva.
El 28 de mayo de 2012 se inauguró el Juzgado Superior Contencioso Administrativo del estado Guárico con sede en San Juan de los Morros, a cargo del abogado Rafael Antonio Delce Zabala, quien fue designado por la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia en sesión del 30 de octubre de 2012 como Juez Provisorio del aludido Tribunal, quien se abocó por auto de fecha 18 de enero de 2013 y ordenó, previa notificación de las partes, la reanudación de la causa en el estado en que se encuentra, esto es, en la etapa de la celebración de la audiencia definitiva.
En virtud de lo cual, este Juzgado Superior en aras de garantizar la tutela judicial efectiva, el debido proceso, el principio de inmediación y notificadas como se encuentran las partes del abocamiento, ordena reanudar la causa al estado de fijar la celebración de la audiencia definitiva, la cual se fija para las (11:30am) del cuarto (4º) día de despacho a la presente fecha exclusive, conforme lo previsto en el artículo 103 de la Ley del Estatuto de la Función Pública.
El Juez,



Abg. RAFAEL A. DELCE ZABALA
El Secretario,



Abg. RENE del JESÚS RAMOS FERMÍN

Exp. Nº JE41-G-2009-000058
RADZ/RJRF/mpgn