REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, seis (06) de agosto de dos mil trece (2013)
203º y 154º

Visto que en fecha 05 de agosto de 2013 fue recibido en este Juzgado oficio Nº 423 emanado del Juzgado Segundo de los Municipios Leonardo Infante, Las Mercedes del Llano y Chaguaramas de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, mediante el cual remitió Expediente Nº AP41-R-2013-000018 proveniente de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, con sede en la ciudad de Caracas, Distrito Capital, debido a que fue remitido al aludido Juzgado por error involuntario, contentivo del Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial, interpuesto por el ciudadano ÁNGEL RAFAEL MORILLO RAYA (cédula de identidad Nº 3.570.276 e INPREABOGADO Nº 16.263), actuando en su nombre contra el MUNICIPIO FRANCISCO DE MIRANDA DEL ESTADO GUÁRICO. Dicha remisión se efectuó en virtud de la Sentencia dictada por la referida corte en fecha 31 de enero de 2013, la cual declaró 1. Su COMPETENCIA para conocer de la apelación interpuesto en fecha 4 de diciembre de 2012, por el abogado ÁNGEL RAFAEL MORILLO RAYA, actuando en su propio nombre (…) 2. SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto 3. CONFIRMA el fallo apelado. Este Órgano Jurisdiccional, ordena darle entrada al presente asunto y registrar su REINGRESO en los Libros respectivos con las anotaciones correspondientes.
El Juez,



Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA




El Secretario,



Abog. RENÉ del JESÚS RAMOS FERMIN

Exp. Nº JP41-G-2012-000042
RADZ/RJRF/ggpr