REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, SEDE CALABOZO.
203º y 154º
Identificación de las partes
EXPEDIENTE Nº JP61-L-2013-000096
PARTE ACTORA: JOSE GREGORIO APONTE LARA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 10.271.856
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: NO CONSTITUYO
PARTE DEMANDADA: MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA SALUD-HOSPITAL GENERAL DE CALABOZO DR. FRANCISCO URDANETA DELGADO.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: NO CONSTITUYO
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS.
SENTENCIA
En el día hábil de hoy Jueves Diecinueve (19) de Diciembre de 2013, siendo las diez horas (10:00 a.m.) de la mañana, oportunidad fijada para que tenga lugar la instalación de la Audiencia Preliminar incoado por el ciudadano JOSE GREGORIO APONTE LARA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 10.271.856, contra el MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA SALUD-HOSPITAL GENERAL DE CALABOZO DR. FRANCISCO URDANETA DELGADO; previo el anuncio de Ley se le dio inicio a la misma, no compareciendo ninguna de la partes por ante este Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, se deja constancia que la parte demandante ciudadano JOSE GREGORIO APONTE LARA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 10.271.856, no compareció ni por si ni mediante apoderado judicial alguno, por lo que se declara la presunción de desistimiento del procedimiento, todo ello de conformidad con lo establecido en el Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.. Es todo, terminó, se leyó y estando conformes firman.
EL JUEZ 6º de S.M.E. del TRABAJO,
Abg. PABLO CESAR ARISTIMUÑO.
LA SECRETARIA
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