REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Séptimo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
ACTA
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2009-003904
PARTE ACTORA: EDUARDO DE JESUS REGALADO ROSALES
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: ALEXANDER ENRIQUE CARDOZO GONZALEZ, NOELI ZAMBRANO RODRÍGUEZ DE CARDOZO
PARTE DEMANDADA: THE HOUSES TELEVISION CA
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA:
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES
Hoy, 05 de diciembre de 2013 día y hora fijado para que tenga lugar la medida ejecutiva de embargo, comparecen a la misma los abogados ALEXANDER CARDOZO y NOELI ZAMBRANO inscritos en el IPSA bajo el Nº 80.607 y 81.980 en su carácter de apoderados de la parte actora respectivamente, igualmente comparecen los ciudadanos EDWIN SIERRA titular de la cédula de identidad Nº 20.215.281 en su carácter de Presidente de la demandada, debidamente representado por el abogado MARLON MEZA SALAS inscrito en el IPSA bajo el Nº 44.729, dándose así inicio al presente acto. Seguidamente la Juez como rectora del proceso insta a las partes comparecientes a explorar un medio alterno a la solución de conflictos como lo es la conciliación. En este estado la parte demandada expone: A fin de dar cumplimiento a la sentencia recaída en la presente causa, ofrezco en este acto a la parte actora el pago de lo condenado de Bs. 480.394,60 mas el 20% de costas por un monto de Bs. 92.078,92 para un total de Bs. 572.473,52, de la siguiente forma: Una primera cuota en el día de hoy con el pago de 40% que equivale a Bs. 228.989,41, mediante cheque de gerencia girado contra el Banco Fondo Común del cual se anexa copia, a nombre del trabajador. Una segunda cuota mediante cheque por Bs. 57.247,35 en fecha 20 de diciembre de 2013 por ante la URDD de este Circuito; Una tercera cuota mediante cheque por un monto de Bs. 95.412,25 en fecha 24 de enero de 2014 por ante la URDD de este Circuito. Una cuarta cuota mediante cheque por un monto de Bs. 95.412,25, en fecha 25 de febrero de 2014 por ante la URDD de este Circuito. Y una quinta y ultima cuota mediante cheque por un monto de Bs. 95.412,25, en fecha 25 de marzo de 2014 por ante la URDD de este Circuito. En este estado la parte actora expone: aceptamos la forma y oportunidad del pago señalado por la parte demandada en este acto. En este estado este Tribunal vista las exposiciones de las partes y como quiera que ha sido positivo el llamo del Juzgado a la conciliación en etapa de ejecución de sentencia, homologa el convenimiento de pago sobre el monto condenado por el fallo definitivamente firme y su experticia complementaria del fallo, en los términos establecidos por los intervinientes. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman:
La Juez
Abg. Yolimar Ávila
Apoderados de la parte actora
Presidente de la demandada
Apoderado de la parte demandada
El Secretario
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