REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, dos (02) de diciembre de dos mil trece (2013)
203º y 154º

De una revisión exhaustiva de las actas que conforman el presente expediente se observa que el entonces Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Región Central con sede en Maracay, estado Aragua (hoy Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua) en fecha 11 de agosto de 2011 dictó sentencia mediante la cual declaró CONSUMADA LA PERENCIÓN y EXTINGUIDA LA INSTANCIA en la presente causa interpuesta por la ciudadana SÁNCHEZ AMAFRI MARGARITA (cédula de identidad Nº 9.142.149), contra la GOBERNACIÓN DEL ESTADO GUÁRICO (COMANDANCIA DE LA POLICÍA DEL ESTADO GUÁRICO), no obstante contra el referido fallo no se intentó recurso alguno, en virtud de lo cual debe declararse DEFINITIVAMENTE FIRME la aludida sentencia.
El Juez,



Abg. RAFAEL A. DELCE ZABALA
El Secretario,



Abg. RENÉ DEL JESÚS RAMOS FERMÍN

Exp. Nº JE41-G-2005-000058
RADZ/RJRF/mpgn