REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, dos (02) de diciembre de dos mil trece (2013)
203º y 154º


Visto que en el presente asunto se encuentra vencido el lapso para la presentación de informes a que se refiere el artículo 85 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, se da inicio al lapso para dictar sentencia en el asunto de marras, de conformidad con lo previsto en el artículo 86 de la aludida Ley, a partir de la presente fecha inclusive.

El Juez,


Abg. RAFAEL A. DELCE ZABALA


El Secretario,


RENÉ DEL JESÚS RAMOS FERMÍN


Exp. Nº JE41-G-2010-000092
RADZ/GCMM/eryh