REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, cuatro (04) de diciembre de dos mil trece (2013)
203º y 154º


Visto que en fecha 22 de julio de 2013 se dictó sentencia en la presente causa mediante la cual se declaró CONSUMADA LA PERENCIÓN y, en consecuencia EXTINGUIDA LA INSTANCIA en la querella funcionarial interpuesta por el ciudadano HÉCTOR LUIS CRUZ (cédula de identidad Nº 2.119.317) contra el CONCEJO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO FRANCISCO DE MIRANDA DEL ESTADO GUÁRICO y ordenó la notificación de las partes, este Órgano Jurisdiccional en fecha 23 del mismo mes y año libró boleta de notificación al aludido ciudadano y al Síndico Procurador del referido Municipio, asimismo comisión al Juzgado de los Municipios Francisco de Miranda, Camaguán y San Gerónimo de Guayabal de la Circunscripción Judicial del estado Guárico.

Ahora bien, en fecha 22 de octubre de 2013 se le dio entrada por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) de este Juzgado Superior a la comisión librada, de la cual se evidencia que fue remitida incompleta por el Juzgado Segundo de los Municipios Francisco de Miranda, Camaguán y San Gerónimo de Guayabal de la Circunscripción Judicial del estado Guárico (folios 30 al 37 del Expediente), toda vez que no fue enviada la resulta correspondiente a la boleta dirigida al ciudadano HÉCTOR LUIS CRUZ, por tanto, este Juzgado en aras de garantizar el debido proceso y una tutela judicial efectiva ordena librar nuevamente comisión al referido Tribunal para que quien le corresponda conocer previa distribución cumpla con la notificación del mencionado ciudadano. Líbrese la boleta y la comisión respectiva.
El Juez,


Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA
El Secretario,


Abog. RENÉ del JESÚS RAMOS FERMÍN

Exp. Nº JE41-G-2011-000046
RADZ/RJRF/ggpr