REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial Penal del Estado Guárico
Corte de Apelaciones
San Juan de los Morros, 03 de Diciembre de 2013
202º y 153º
ASUNTO PRINCIPAL: JP01-X-2013-000109
ASUNTO: JP01-X-2012-000109
DECISIÓN Nº: CUATRO (04)
MOTIVO: ADMISIBILIDAD DE LA INHIBICIÓN
JUEZ INHIBIDO: ABG. MERLY RUTH VELÁSQUEZ DE CANELÓN.
PONENTE: ABG. ANA SOFÍA SOLÓRZANO RODRÍGUEZ
Vista el acta de inhibición de fecha 06 de Agosto de 2012, suscrita por la Abg. MERLY VELASQUEZ DE CANELON, en su condición de Jueza Segunda de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Extensión de Valle de la Pascua, quien se inhibe de conocer la causa penal signada bajo el Nº JP21-P-2012-003348 de conformidad a lo previsto en el artículo 86 numeral 7° del Código Orgánico Procesal Penal, “ Por haber actuado como Jueza Temporal de Primera Instancia en Funciones de Control”; esta Corte de Apelaciones en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley ACUERDA: Admitir la incidencia, de conformidad con lo estatuido en el artículo 96 del Código Orgánico Procesal Penal. Así como también la prueba documental presentada por la Juez Inhibida. Y así se declara.-
LA JUEZA PRESIDENTA DE LA CORTE
ABG. GILDA ROSA ARVELAEZ GAMEZ
LAS JUECES MIEMBROS
ABG. ANA SOFÍA SOLÓRZANO ABG. CARMEN ALVAREZ
(PONENTE)
LA SECRETARIA
ABG. MARIA ARMAS
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto que antecede.-
LA SECRETARIA
ABG. MARIA ARMAS
JP01-X-2012-000109
GRAG/ASSR/CA/MA/am