REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO, Valle de la Pascua, dieciséis (16) de diciembre de 2013.-
203º y 154º
PARTE DEMANDANTE: FIGUEROA DE CONDE CARMEN SUMIRA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 5.622.971, y de este domicilio.
PARTE DEMANDANTE: CONDE CARRILLO RAMÓN ANTONIO, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad, Nº 4.309.089, y de este domicilio.
MOTIVO: DIVORCIO.-
EXPEDIENTE Nº: 18.899.-

En el día de hoy dieciséis (16) de diciembre de 2.013, siendo las 11:00 a.m., día y hora fijados para que tenga lugar el primer acto reconciliatorio en el presente juicio, se hizo el anuncio de Ley a las puertas del Tribunal por el Alguacil y no habiendo comparecido la parte actora, en forma alguna ni por si ni por medio de apoderado; el Tribunal deja constancia que compareció la apoderada judicial de la parte demandada, abogada ALICIA FERNÁNDEZ, Inpreabogado Nº 26.257. El Tribunal así lo hace constar y declaró extinguido el proceso de conformidad con el artículo 756 del Código de Procedimiento Civil Vigente. Se dá por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del expediente. Désele salida al presente expediente, en el libro respectivo y en su oportunidad remítase con oficio al Archivo Judicial Ext. Valle de la Pascua, del Estado Guárico.
El Juez

Dr. José A. Bermejo.
Apoderada Judicial de la parte demandada

La Secretaria
Exp. Nº 18.899
JB/cm/rctc.-