REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA. EXTENSIÓN VALLE DE LA PASCUA.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO

Valle de la Pascua, 10 de Diciembre de 2013.

203 y 154°

Por cuando observa este Tribunal que en fecha 04 de Diciembre de 2013, el ciudadano CARLOS A. FLORES DIAZ, apoderado judicial de la parte actora, presento escrito de subsanación, y en el mismo no adecuo la demanda al procedimiento Ordinario Agrario.- En Consecuencia, este Juzgado de conformidad con lo establecido en el articuló 199 de la Ley de Tierra y Desarrollo Agrario, declara en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley. INADMISIBLE, la presente demanda.-

EL JUEZ,

ABG. JOSÉ ANTONIO ROMANCE
LA SECRETA

JOHANES J. DIAZ
Se dejó copia certificada de la presente decisión en este Tribunal y se publicó en el día de hoy, 10 de Diciembre de 2013, siendo la 2:30 minutos de la tarde. Conste.

LA SECRETARIA,

JOHANES J. DIAZ


Exp Nº 2013-4381
JAR/JJ/msc