REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO OCTAVO EJECUTOR DE MEDIDAS

En el día de hoy, Jueves Veinticuatro (24) de Enero del año Dos Mil Trece (2013) siendo las Diez de la mañana (10:00 a.m.), se traslado y constituyó el Tribunal Octavo de Municipio Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a cargo de la Juez Titular Dra. MARIA CECILIA CONDE MONTEVERDE, en compañía de la Secretaria Abogada ADRIANA EIGLYN PLANAS MELERO y del Apoderado Judicial de la parte Actora, Abogado CARLOS EDUARDO APONTE GONZALEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 59.916, en la siguiente dirección: Local Comercial Distinguido con el número y letra CL-19, Situado en el Nivel Lecuna del Edificio El Tejar, entre los Ejes 02-03 y A-D, Nivel 870,50, del Área Central del Conjunto denominado Parque Central, Zona Uno, Ubicado en la Parroquia San Agustín, Municipio Libertador del Distrito Capital; con motivo del juicio que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMENTO, sigue la Sociedad Mercantil CORPORACIÓN FECA C.A., inscrita ante la Oficina de Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 18 de Marzo de 1986, bajo el Nº 79, Tomo 54-A Sgdo; contra la Sociedad de Comercio CAYCA ALIMENTOS, S.A., (CALSA), inscrita ante la Oficina de Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en fecha 6 de noviembre de 2003, bajo el Nº 48, Tomo 09-A, a fin de practicar las medidas de ENTREGA MATERIAL a favor de la parte actora del inmueble arrendado constituido por UN (01) LOCAL COMERCIAL DISTINGUIDO CON EL NÚMERO Y LETRA CL-19, SITUADO EN EL NIVEL LECUNA DEL EDIFICIO EL TEJAR, ENTRE LOS EJES 02-03 Y A-D, NIVEL 870,50, DEL ÁREA CENTRAL DEL CONJUNTO DENOMINADO PARQUE CENTRAL, ZONA UNO, UBICADO EN LA PARROQUIA SAN AGUSTÍN, MUNICIPIO LIBERTADOR DEL DISTRITO CAPITAL; y EMBARGO EJECUTIVO, sobre bienes muebles propiedad de la parte demandad, hasta cubrir la cantidad de DOSCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 277.200,00), cantidad que comprende el doble de la cantidad condenada más las costas de ejecución calculadas prudencialmente por el Tribunal de la Causa en un diez por ciento (10%), el cual asciende a un monto de TRECE MIL DOSCIENTOS BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 13.200,00). Si el embargo recayese sobre sumas liquidas de dinero, este se verificará sobre la cantidad de CIENTO CUARENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 145.200,00), suma esta que comprende el total del monto condenado, más las costas anteriormente mencionadas; decretadas y ordenadas por el JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, expediente Nº AP31-V-2012-000016 (nomenclatura del Tribunal de la Causa). Seguidamente en el lugar supra-identificado el Tribunal notifico de su misión al ciudadano ALEJANDRO ENRIQUE SANCHEZ SOTO, Venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-17.880.243, quien manifestó ser el Encargado del local donde se encuentra constituido el Tribunal Ejecutor, a quien se le leyó el presente mandato de ejecución dando cumplimiento a los Preceptos Constitucionales del Derecho a la Defensa y el Debido Proceso, contemplados en nuestra Carta Magna, en su artículo 49. Asimismo el notificado manifestó que aquí funciona el Comercio CAYCA ALIMENTOS, S.A., (CALSA), (parte demandada).- Acto seguido el notificado ciudadano ALEJANDRO ENRIQUE SANCHEZ SOTO, ya identificado, expone: “Solicito muy respetuosamente al Tribunal Ejecutor me conceda la oportunidad de comunicarme Vía Telefónica, con la ciudadana Ingeniero MARÍA ALEJANDRA CHACON, quien es mi jefa inmediata. Es todo”.- Seguidamente este Tribunal Ejecutor, vista la solicitud del notificado acuerda concederle un tiempo prudencial; a los fines de que le informe el motivo de la presencia de éste Tribunal. Es todo”.- Continuamente, el notificado manifiesto al Tribunal que todos los bienes muebles que se encuentran dentro del local son propiedad CAYCA ALIMENTOS, S.A., (CALSA), (parte demandada), y serán trasladados por instrucciones de la ciudadana MARÍA ALEJANDRA CHACON, bajo mi riesgo y responsabilidad a una dirección particular, ubicada en: Avenida Nueva Granada, Quinta El Carmen Nº 34, Municipio Libertador del Distrito Capital. - Desocupado como se encuentra el inmueble objeto de la presente medida, libre de bienes y personas éste Tribunal Octavo de Municipio Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en cumplimiento de la misión encomendada hace ENTREGA MATERIAL a la Parte Actora, en la persona de su Apoderado Judicial, Abogado CARLOS EDUARDO APONTE GONZÁLEZ, antes identificado, del siguiente local Comercial: DISTINGUIDO CON EL NÚMERO Y LETRA CL-19, SITUADO EN EL NIVEL LECUNA DEL EDIFICIO EL TEJAR, ENTRE LOS EJES 02-03 Y A-D, NIVEL 870,50, DEL ÁREA CENTRAL DEL CONJUNTO DENOMINADO PARQUE CENTRAL, ZONA UNO, UBICADO EN LA PARROQUIA SAN AGUSTÍN, MUNICIPIO LIBERTADOR DEL DISTRITO CAPITAL; quien lo recibe conforme en nombre de su representada, con las llaves de sus puertas principales.- Acto seguido el Apoderado Judicial de la Parte Actora Abogado CARLOS EDUARDO APONTE GONZÁLEZ, expone: “Me reservo el derecho de practicar la medida de Embargo Ejecutivo, en otra oportunidad previa solicitud y solicito la remisión de la presente Comisión al Tribunal de la Causa. Es todo”. En este estado, el Tribunal, vista la solicitud del Apoderado Judicial de la Parte Actora, acuerda devolver la comisión con sus resultas al Tribunal de la Causa. Es todo. Se deja expresa constancia, que la práctica de la presente medida no causó ningún tipo de tasas, aranceles o pago alguno, para este Tribunal, de conformidad con lo establecido en el acuerdo de fecha 29 de febrero de 2000, emanada de la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, aún vigente. En consecuencia ese Tribunal Ejecutor, ordena el cierre de la presente acta, siendo la una de la tarde (01:00 p.m.). Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ TITULAR

EL NOTIFICADO


EL APODERADO JUDICIAL DE
LA PARTE ACTORA

LA SECRETARIA



EXP: 2421-12.
MCCM/AP-