Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
Juez del Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
Caracas, ocho (08) de Enero de dos mil trece (2013)
202º y 153º

ASUNTO: AP51-V-2012-019929

Vista la presente solicitud de LIQUIDACIÓN Y/O PARTICIÓN DE LOS BIENES DE LA COMUNIDAD CONYUGAL, presentada por los ciudadanos YASMIRA YADREDTH RAMÍREZ BASTIDAS y OTTO GUSTAVO VILLAMIZAR DUC, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-12.054.201 y V-12.111.488 respectivamente, asistidos por el abogado JULIO CESAR MANCHENO, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 110.267; y previa revisión del contenido de los recaudos presentados por ambas partes y por cuanto se encuentran llenos lo extremos previstos en la Ley, ya que se evidencia que en fecha 17/10/2007 el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas dictó sentencia mediante la cual declaró con lugar la solicitud de Divorcio fundamentada en el artículo 185-A del Código Civil, presentada por los ciudadanos YASMIRA YADREDTH RAMÍREZ BASTIDAS y OTTO GUSTAVO VILLAMIZAR DUC, antes identificados; este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Transición del Circuito Judicial Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 177, Parágrafo Segundo, literal “h” y 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescente, en concordancia con el artículo 173 del Código Civil, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LIQUIDACIÓN Y/O PARTICIÓN DE LOS BIENES DE LA COMUNIDAD CONYUGAL, en los mismos términos y condiciones expuestos por las partes. Anéxese como parte de la presente decisión copia certificada del escrito de solicitud. Igualmente, se acuerda expedir por secretaria copias certificadas del escrito de solicitud y de la presente Resolución, a los fines de que surta sus efectos legales. Cúmplase lo ordenado.
La Jueza,


Abg. Milagros Teresa Altuve.
La Secretaria,


Abg. Yasminia Ramos.

MTA/YR/Richard Carrero
AP51-V-2012-019929