REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y
Nacional de Adopción Internacional
Tribunal Noveno (9°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
Caracas, 24 de enero de 2012
202º y 153º
ASUNTO: AP51-J-2012-023613.
Vista la aceptación del cargo de Curadora Ad-Hoc hecha por la ciudadana MATILDE FLORENTINA BEGAZO CONDORI, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V.-14.965.015, revisadas como han sido las actas que conforman el presente asunto y cumplidos como han sido los extremos de Ley, esta Juez del Tribunal Noveno (9°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en uso de sus facultades legales y de acuerdo con lo establecido en el artículo 110 del Código Civil, discierne en la persona de la ciudadana MATILDE FLORENTINA BEGAZO CONDORI, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V.-14.965.015, el cargo de CURADORA AD-HOC, de la adolescente SE OMITE LA IDENTIFICACIÓN y del niño SE OMITE LA IDENTIFICACIÓN de diecisiete (17) y de seis (6) años de edad respectivamente. En tal sentido, expídanse por secretaría copias certificadas de las actuaciones que integran el presente expediente y remítanse al Coordinador de la Oficina de Atención al Público de este Circuito Judicial, para que sean entregadas a la parte interesada, una vez sean aportados los fotostátos requeridos. Por último, visto que no restan más actuaciones por realizar y por cuanto han sido cubiertos los extremos de Ley se ordena el cierre y posterior archivo definitivo de la presente causa. Cúmplase.-
La Juez,
El Secretario,
Abg. Yudy Blanco.
Abg. Iván Cedeño.
Erick Rodríguez.-
|