REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, diez (10) de enero de dos mil trece (2013)
202º y 153º


De la revisión de las actas que conforman el presente expediente, se observa que el Juzgado Superior en lo Civil (Bienes) y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Central, con sede en Maracay, estado Aragua (hoy Juzgado Superior en lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua), en fecha 18 de junio de 2007 dictó sentencia en la presente causa, mediante la cual declaró INADMISIBLE la querella funcionarial interpuesta por el ciudadano HÉCTOR LUNA (cédula de identidad Nº 3.640.554) actuando en su nombre y representación, contra el CONSEJO LEGISLATIVO DEL ESTADO GUÁRICO.

Por tanto, advierte este Juzgado que no existen actuaciones pendientes por realizar y en consecuencia se declara TERMINADA la causa y se ordena el cierre y archivo del presente asunto, conformado por una (01) pieza principal contentiva de ochenta y cinco (85) folios útiles incluido el presente auto y una pieza de antecedentes administrativos de sesenta y uno (61) folios útiles.
El Juez,



Abg. RAFAEL A. DELCE ZABALA


El Secretario,



Abg. RENE del JESÚS RAMOS FERMÍN



Exp. Nº JE41-G-2005-000048
RADZ/RJRF/ggpr