REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
San Juan de los Morros, treinta (30) de enero de dos mil trece (2013)
202º y 153º
Revisadas como han sido las actas que conforman el presente expediente, se advierte que en fecha 24 de octubre de 2011 el Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Central con sede en Maracay, estado Aragua mediante la cual declaró CONSUMADA LA PERENCIÓN y EXTINGUIDA LA INSTANCIA, en la QUERELLA FUNCIONARIAL interpuesta por JOSEFINA RAMONA MARTÍNEZ DE DÍAZ contra la GOBERNACIÓN DEL ESTADO GUÁRICO y ordenó notificar de la referida decisión. No obstante se observa además, que el 07 de diciembre de 2012 el ciudadano Leonard Velásquez en su carácter de alguacil de este Juzgado, consignó la boleta Nº JE41BOL2013000076 por cuanto resultó infructuosa la notificación de la aludida ciudadana, en virtud de lo cual se ordena su notificación a través de la publicación de la respectiva boleta en la cartelera de este Juzgado, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 174 y 233 del Código de Procedimiento Civil, aplicable supletoriamente según lo previsto en el artículo 31 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Líbrese boleta.
El Juez,
Abg. RAFAEL A. DELCE ZABALA
El Secretario,
Abg. RENE del JESÚS RAMOS FERMÍN
Exp. Nº JE41-G-2007-000083
RADZ/RJRF/yego