REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, treinta (30) de enero de dos mil trece (2013)
202º y 153º


Revisadas como han sido las actas que conforman el presente expediente, se advierte que en fecha 13 de agosto de 2012 este Juzgado se Abocó al conocimiento de la presente causa y ordenó la notificación al abogado Iván Marino BOLIVAR CARRASQUEL en la querella funcionarial que interpusiera contra el CUERPO DE INVESTIGACIONES PENALES Y CRIMINALÍSTICAS DELEGACIÓN ESTADAL GUÁRICO. Se observa además, que el 20 de diciembre de 2012 el ciudadano Mario Díaz en su carácter de alguacil del Juzgado Vigésimo Cuarto del Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, consignó la boleta por cuanto resultó infructuosa la notificación del aludido ciudadano, en virtud de lo cual se ordena su notificación a través de la publicación de la respectiva boleta en la cartelera de este Juzgado, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 174 y 233 del Código de Procedimiento Civil, aplicable supletoriamente según lo previsto en el artículo 31 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Líbrese boleta.
El Juez,



Abg. RAFAEL A. DELCE ZABALA


El Secretario,



Abg. RENE del JESÚS RAMOS FERMÍN

Exp. Nº JE41-G-2011-000013
RADZ/RJRF/yego