REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO PRIMERO SUPERIOR DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, 13 de febrero de 2013
Años 202° y 153°

ASUNTO: AP21-R-2012-001255
PRINCIPAL: AP21-L-2011-000332

Visto el escrito presentado en fecha 07 de febrero de 2013, por las ciudadanas BERTA TRUJILLO y YAISMEL AVILA, apoderadas judiciales de la parte actora y demandada, respectivamente, mediante la cual proceden a presentar transacción en la presente causa. Efectuada de igual manera la revisión de los instrumentos poderes que cursan a los autos en los cuales consta la facultad expresa para transigir de las prenombradas apoderadas e igualmente efectuada la revisión de la transacción presentada la cual cumple con los parámetros del artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, de los Trabajadores y Trabajadoras (LOTTT) , es por lo que, este Juzgado Primero Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas imparte la HOMOLOGACIÓN respectiva y ordena la remisión del asunto al Juzgado Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial del Trabajo a los fines legales consiguientes, todo en el juicio seguido por Marbella Rodríguez y José Rodríguez contra el Instituto Universitario Nuevas Profesiones, Fundación Humboldt, Asociación Civil Servicios Educativos Universitarios.
EL JUEZ,

ASDRÚBAL SALAZAR HERNÁNDEZ
EL SECRETARIO

ISRAEL ORTIZ