REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DÉCIMO NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS
CARACAS, OCHO (8) DE FEBRERO DE DOS MIL TRECE (2013)
202º Y 153º
ASUNTO Nº: AP21-L-2012-004248
Visto el Escrito de Transacción consignado por la ciudadana DORIAN BELLO, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-16.147.091, parte actora en el presente procedimiento, debidamente asistida por el abogado LUIS MORON, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 18.017; y el abogado HECTOR VALOR, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 137.204, actuando en su carácter de apoderado judicial de las empresas STUDIO H FASHION, C.A. y DISTRIBUIDORA EL PAISA DEL CENTRO, C.A., litis consortes pasivos en el presente procedimiento; en él cual solicitan se le imparta su homologación.
El Tribunal de la lectura individual de los términos de la Transacción, observa, que los mismos no vulneran derechos irrenunciables de la extrabajadora, ni normas de orden público; en virtud de lo cual, de conformidad con lo dispuesto en el 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en concordancia con el artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, de los Trabajadores, y las Trabajadores, y el artículo 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, le imparte su Homologación. Así se establece.
LA JUEZA,
EL SECRETARIO,
Abg. JHACNINI TORRES CHIRINOS
Abg. ORLANDO REINOSO
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